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Permiso de Residencia Provisional. Casado con Panameño (a)

Si estás casado con un panameño(a), el amor te ofrece un camino privilegiado hacia la residencia permanente en un país que valora profundamente la unión familiar y el apoyo mutuo.

  • Debes estar casado con una panameña o un panameño.
  • Presenta tu solicitud dentro de los 30 días después de casarte para evitar multas.
  • Esta residencia provisional te da derecho a la Residencia Permanente luego de transcurrido dos (2) años. (mantente fiel :-) )
  • En 5 días obtienes tu residencia en trámite - Aprobación definitiva en 6 meses máximo.
  • Es necesario aprobar la entrevista matrimonial para obtener este permiso de residencia.


Solicitante Principal

$2,200

Dependientes c/u

$1,400


D E T A L L E

¿Quienes pueden aplicar? 

Cualquier extranjero casado con un panameño o panameña puede optar por un futuro lleno de oportunidades, cultura y calidez en el país que será tu nuevo hogar.




[ Condiciones para ontener este Permiso ]

Los casados deben convivir en condiciones de singularidad estabilidad y continuidad esta condición puede ser convalidada por el Servicio Nacional de Migración mediante visita a la residencia conyugal.







Estabilidad Familiar

Si has experimentado cambios en tu situación familiar, como viudez o divorcio con hijos ó tienes la guarda y custodia de tus  hijos menores de edad, puede incluirlos con él en su trámite de residencia.


Amor y Residencia Permanente 

Luego de dos (2) años con esta residencia provisional podrás optar a la visa permanente junto con tus dependientes.


Permiso de Trabajo

Esta visa otorga un permiso de trabajo bajo la categoría de casado con Nacional.



Nuestros Abogados revisan cada detalle de su solicitud para garantizar su exitosa aprobación.


  1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante. 
  2. Tres (3) fotografías.
  3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente). 
  4. Certificado de Antecedentes Penales. 
  5. Certificado de Salud. 
  6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional. 
  7. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales. 
  8. Certificado de Matrimonio expedido por el Registro Civil expedido por el Registro Civil. 
  9. Certificado de Nacimiento del Cónyuge Panameño(a), expedido por el Registro Civil. 
  10. Certificado de Nacimiento de los hijos panameños, si los tuviere, expedido por el Registro Civil. 
  11. Copia de la cédula de identidad del cónyuge panameño, autenticada por Cedulación Tribunal Electoral. 
  12. Carta notariada de responsabilidad y Repatriación del cónyuge panameño. 
  13. Documento que compruebe el domicilio conyugal (Contrato de arrendamiento, Título de propiedad o recibo de servicios Público que compruebe el domicilio). 

Excepciones a la Regla: 

1. El servicio Nacional de Migración podrá exonerar de la entrevista matrimonial al extranjero que tenga dos (2) hijos panameños en comunes.

2. El solicitante que haya enviudado o se haya divorciado durante el término de la duración de su permiso provisional y tenga habidos durante el matrimonio, podrá optar por la residencia permanente. En el primer caso debe aportar certificado de defunción de su conyugue y los certificados de nacimiento de los hijos habidos en el matrimonio. La sola presentación no garantiza ni obliga al servicio nacional de migración otorgar la permanencia del solicitante. 


D E S C A R G A R   C H E C K L I S T



P R O C E S O


¿Cómo trabajamos en Legalys?


  1. Valide en línea que aplica para esta residencia y que cuenta con los documentos necesarios. 
  2. Descargue los requisitos, un presupuesto familiar y obtenga una llamada gratis de nuestro equipo para aclarar dudas.
  3. Si Incluye a su grupo familiar valide los documentos probatorios de su filiación (Actas de Nacimiento, Actas de Matrimonio).
  4. Revise nuestro presupuesto y acepte el mismo en línea.
  5. Le habilitaremos su usuario en nuestra plataforma ORBIS para que pueda colocar todos los documentos en nuestra nube.
  6. Nuestro equipo revisará que todos sus documentos sean apropiados para aplicar a esta visa.
  7. Coordinaremos con Usted su Visita a Panamá o el comienzo de su trámite si ya se encuentra acá.
  8. Una vez iniciado el trámite, en 5 días tendrá en sus manos su Carnet de Residente provisional.



P R E C I O S

 

 


Solicitante Principal 

$2,200


Dependientes Menores c/u

$1,200



Se incluyen en esta tarifa todos los gastos a inmigración y gastos de trámite.

$350 Gastos de Notaría, formularios, Carnet de trámite y Provisional, Visa de salidas múltiples.

$250 Cheque al Tesoro Nacional

$0 Cheque al Servicios Nacional de Migración 

Las tarifas más competitivas con el equipo más experto en Migración.

Este Permiso de Residenica no Requiere Cheques al Servicio Nacional de Migración.

Todas Nuestras tarifas incluyen los impuestos ITBMS.

A S I S T E N C I A

Preguntas Frecuentes

 

Siempre que los hijos sean menores de edad y están bajo la guarda del solicitante contrayente pueden ser incluidos. Si el otro progenitor está con vida se debe contar con la autorización de este para incluir a los menores.

Una vez que sea presentada la solicitud de Residencia se fijará una cita para la entrevista matrimonial. Si los contrayentes tienen al menos dos (2) hijos panameños en común podrán ser exonerados de la entrevista. 





 

[ Opiniones de Clientes ]

5.0 ¡El Rating más alto! 

Aunque muchos no lo crean...nuestra reputación habla por sí sola y ayuda a los demás a preferirnos. Los Inmigrantes nos quieren!
5.0
157
Reseñas
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