[ expande tus fronteras ]
Permiso Provisional Reagrupación Dependiente de Residente Permanente
Este permiso fortalece los lazos familiares, permitiéndote traer a cónyuges, hijos y otros dependientes para vivir juntos en Panamá, transformando este vibrante país en tu cálido hogar.
- Debes demostrar domicilio y solvencia económica en Panamá.
- Solo necesitas ser Residente Permanente.
- Puedes incluir a tu grupo familiar (Cónyuge, hijos y padres)
- En 5 días obtienes tu residencia provisional
- Aprobación definitiva 6 meses máximo.
Solicitante Principal
$3,000
Dependiente
$2,200
Dependiente / 12 años
$1,400
Quienes pueden aplicar?
A través de este Permiso de Residencia los Extranjeros con Residencia Permanente pueden reagrupar a sus dependientes: Cónyuge, hijos y Padres. Los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años, deben estar estudiando, ser solteros y bajo condición de dependencia.
[ Condiciones para obtener este permiso ]
El Residente Permanente debe demostrar Solvencia Económica y Constancia de Residencia.
Unidad Familiar
Promueve la integración de familias directas en Panamá, facilitando su reunión y proporcionando apoyo a los dependientes.
Educación y Futuro
Permite que tus hijos mayores continúen sus estudios en un entorno estimulante y seguro, bajo tu cuidado y apoyo económico.
Camino a la Residencia Permanente
Los familiares que ingresan en esta Visa, obtendrán una residencia provicional por dos(2) años y posteriormente podrán tramitar la residencia Permanente.
Nuestros Abogados revisan cada detalle de su solicitud para garantizar su exitosa aprobación.
- Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Carta de responsabilidad y repatriación del residente o nacional (debidamente notariada).
- Constancia de parentesco (certificado de matrimonio, nacimiento, o constancia judicial de la tutela o guarda y crianza, según sea el caso).
- Copia del carné de migración de residente provisional notariado y si tiene cédula o carné de residente permanente deberá autenticarla por la Dirección Nacional de cedulación del Registro Civil de Panamá.
- El solicitante mayor de edad y menor de veinticinco (25) años, deberá aportar:
a. Certificación de un centro educativo que acredite su condición de estudiante a tiempo completo y de forma regular.
b. Declaración Jurada de soltería. - Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente. El residente puede probar dicha solvencia con una de las siguientes formas:
a. Copia de la declaración de renta, con su paz y salvo y la misma debe cumplir con el ingreso mínimo de mil balboas (B/.1,000.00) mensuales más cien balboas (B/.100.00), adicionales por cada dependiente.
b. Carta de trabajo actualizada con su respectivo talonario o ficha de la Caja del Seguro Social y copia del permiso de trabajo.
c. Carta de referencia bancaria no inferior a cuatro (4) cifras medianas. - En caso de un dependiente extranjero adoptado por un panameño deberá aportar además de lo señalado en los requisitos comunes del artículo 28 del Decreto Ley lo siguiente:
-Carta de responsabilidad del adoptante.
-Certificado de nacimiento expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil.
-Copia autenticada de la sentencia que apruebe la adopción.
-Copia del documento de identidad del extranjero adoptado.
D E S C A R G A R C H E C K L I S T
¿Cómo trabajamos en Legalys?
- Valide en línea que aplica para esta residencia y que cuenta con los documentos necesarios.
- Descargue los requisitos, un presupuesto familiar y obtenga una llamada gratis de nuestro equipo para aclarar dudas.
- Si Incluye a su grupo familiar valide los documentos probatorios de su filiación (Actas de Nacimiento, Actas de Matrimonio).
- Obtenga un presupuesto en línea para garantizar la tarifa por 90 días.
- Le habilitaremos su usuario en nuestra plataforma ORBIS para que pueda colocar todos los documentos en nuestra nube.
- Nuestro equipo revisará que todos sus documentos sean apropiados para aplicar a esta visa.
- Coordinaremos con Usted su Visita a Panamá o el comienzo de su trámite si ya se encuentra acá.
- Una vez iniciado el trámite, en 5 días tendrá en sus manos su Carnet de Residente provisional.
Solicitante Principal
$3,000
Dependientes
$2,200
Dependiente menor de 12 años
$1,400
Se incluyen en esta tarifa todos los gastos a inmigración y gastos de trámite.
$350 Gastos de Notaría, formularios, Carnet de trámite y Provisional, Visa de salidas múltiples.
$250 Cheque al Tesoro Nacional
$800 Cheque al Servicios Nacional de Migración.
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Preguntas Frecuentes
Lamentablemente NO. Esta Visa no otorga permiso de trabajo a los reagrupados. Luego de dos (2) años y cuando hayan tramitado su Residencia Permanente podrán obtar a un permiso de trabajo bajo las categorías existentes.
Después de un período de residencia establecido, los dependientes pueden optar por obtener la residencia permanente en Panamá de manera independiente.
No, este permiso está limitado exclusivamente a los familiares directos mencionados en los requisitos. No se consideran otras relaciones de parentesco.
[ Opiniones de Clientes ]
5.0 ¡El Rating más alto!
Aunque muchos no lo crean...nuestra reputación habla por sí sola y ayuda a los demás a preferirnos. Los Inmigrantes nos aman!
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